CAMPAÑA DE LA RENTA 2022
Plazos a tener en cuenta para la declaración de la Renta 2022:
8 de marzo de 2023
Inicio del plazo de solicitud del número de referencia.
15 de marzo de 2023
Acceso a los datos fiscales tanto desde la web como desde la App de la Agencia Tributaria.
11 de abril de 2023
Inicio de la campaña de la Renta WEB por internet.
3 de mayo de 2023
Inicio del plazo para solicitar cita previa para la atención telefónica.
5 de mayo de 2023
Empiezan las citas en modalidad telefónica.
25 de mayo de 2023
Inicio del plazo para solicitar la atención presencial en oficinas.
1 de junio de 2023
Empieza la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
27 de junio de 2023
Fin del plazo para la presentación de declaraciones con resultado a ingresar por domiciliación bancaria.
29 de junio de 2023
Fin del plazo de solicitud de cita previa.
30 de junio de 2023
Fin del plazo para presentar la declaración de la Renta 2022
Como siempre, antes de la confirmación del borrador que nos facilita la Agencia Tributaria, es necesario realizar una revisión de los datos incorporados en el modelo. Hacienda cuento con mucha información y té unas bases de datos muy potentes pero no infalibles y es posible que algunas operaciones que tendrían que ser presentes en nuestra declaración de la renta no estén.
A continuación le hacemos una breve relación de datos que normalmente no figuran en el borrador:
- Arrendamientos de locales o pisos turísticos.
- Rentas inmobiliarias por inmuebles en nuda propiedad.
- Ventas de activos financieros no recogidas como rendimiento.
- Rentas de planes de pensiones.
- Rentas procedentes del extranjero.
- Rendimientos del trabajo en empleados con movilidad laboral o pagos de FOGASA.
PRINCIPALES NOVEDADES EN LA CAMPAÑA DE LA RENTA 2022
Las novedades, los principales cambios y modificaciones a tener en cuenta respecto a la campaña de Renta del pasado año son:
APORTACIONES A PLANES DE PENSIONES
Se reduce la cantidad a deducir en los planes de pensiones privados de los 2.000€ a los 1.500€.
En cambio se amplía de 8.000€ a 8.500€ en el caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones de empresa.
2. UMBRAL De INGRESOS QUE OBLIGAN A PRESENTAR LA RENTA
Si solo hay un pagador, el límite a partir del cual se tiene que presentar la declaración sigue en 22.000€.
En el supuesto de que hayan 2 o más pagadores, el límite se sitúa en 15.000€ anuales por rentas del trabajo. Superado este umbral se tiene que presentar la declaración de forma obligatoria.
3. AMPLIACIÓN DE LA DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD
Las madres de niños menores de 3 años en situación de paro y que reciben una prestación asistencial podrán aplicar la deducción por maternidad.
La principal novedad es, hasta ahora, que las madres que no desarrollaban una actividad profesional tenían vetado el acceso a esta deducción.
Esta deducción por maternidad de 100€ mensuales por cada hijo menor de 3 años se puede solicitar mensualmente o percibirla en un solo pago al realizar la declaración del IRPF.
4. DEDUCCIONES AUTONÓMICAS : CATALUÑA
| Por circunstancias personales y familiares | Relativa a la vivienda habitual | Por donativos y donaciones | Otras conceptos deducibles |
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Desde Facto Cooperativa os ofrecemos encargarnos de vuestra declaración.
Podemos gestionar de manera cómoda y sencilla la vuestro Declaración de la Renta. Analizando cada caso individualmente, preparando un esquema de la situación personal e informándoos sobre posibles deducciones y bonificaciones que no se contemplan en el borrador que facilita la Agencia Tributaria y que pueden suponeros un ahorro.
Las peticiones recibidas a partir del 15 de junio se los aplicará un recargo del 25% del precio.
